Línea de financiación bonificada IVF Pyme inversión
Plazo solicitudes del 28 de febrero hasta el 31 de diciembre 2026 o hasta agotar fondos
Publicado en el DOGV, ACUERDO de 12 de febrero de 2026, del Consejo General, por el que se aprueba la convocatoria de la línea de financiación Préstamos bonificados IVF pyme inversión 2026 y su Extracto.
Más información en la web de IVF 960 992 544
OBJETIVO
Desarrollo de proyectos empresariales desarrollados por pymes cuya finalidad sea la inversión en activos fijos.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
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Ser pequeña o mediana empresa.
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Tener al menos un establecimiento, sucursal de producción, o sucursal de desarrollo de la actividad en la Comunitat Valenciana.
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Tener una antigüedad mínima de dos años y contar como mínimo con una persona empleada o una persona trabajadora autónoma societaria.
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Estar en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable y, en particular, en materia de competencia, contratación del sector público y medio ambiente.
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No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
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No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
REQUISITOS
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Importe mínimo de 200.000 euros y máximo de 2.000.000 euros (el importe máximo se determinará atendiendo al volumen de facturación del solicitante).
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Plazos: de 4 a 10 años (posibilidad de carencia de hasta 3 años).
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Tipo de interés fijo del 2% (sobre el tipo de interés que correspondería aplicar en función de la calificación crediticia del solicitante se aplicará una bonificación de manera que el tipo a pagar será de un fijo del 2%).
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Comisiones: No se aplicarán comisiones por apertura ni por cancelación anticipada.
GASTOS FINANCIABLES
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Adquisición y acondicionamiento de terrenos, para su utilización en la producción de los bienes y servicios que constituyen la actividad principal de la PYME hasta el 20% del valor nominal del préstamo.
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Adquisición, rehabilitación, reforma y construcción de naves, locales comerciales, instalaciones y otros inmuebles, para el desarrollo de la actividad de la PYME.
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Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red, siempre que los proyectos no superen una potencia de 30 MWp. d) Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
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Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
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Mobiliario.
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Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación
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Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones informáticas.
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Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva del beneficiario, mejorar las condiciones de acceso a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave para el proceso productivo de la empresa.